29/6/21

Hombre/mujer, sexo, género (sexual) y transexual. Con ocasión de la Ley Trans

§1. Mujer/hombre, sexo:

Exposición: «¿Qué te hace ser hombre o mujer? ¿Lo que tienes entre las piernas? Los géneros son constructos sociales, es como tú te sientas; si te sientes hombre eres hombre, si te sientes mujer eres mujer».

Refutación: «Hombre y mujer son constructos sociales» no es una definición de «hombre» ni de «mujer». Pero si «ser hombre» se define como «sentirse hombre», entonces si «se siente hombre» es porque existe un «hombre» contenido de sentimiento; pero este «hombre» contenido de sentimiento se define a su vez como «sentirse hombre», de modo que existe un segundo «hombre» contenido de sentimiento que justifica al «hombre» primero; pero este segundo «hombre» contenido de sentimiento se define a su vez como «sentirse hombre», de modo que existe un tercer «hombre» contenido de sentimiento que justifica al «hombre» segundo; y así por recursividad ad infinitum.

Reconstrucción: Digo «sexo» al sistema de clasificación de los individuos de todas las especies animales con fundamento in re mediante el cual los individuos que producen los gametos grandes e inmóviles son designados como «hembra» y los que producen los gametos pequeños y móviles son designados como «macho». Digo «hombre» al «macho humano»; y digo «mujer» a la «hembra humana». El intersexual no es un «tercer sexo» sino un estado que comparte caracteres de ambos.

§2. Género sexual:

Exposición: «El género depende de criterios sociales, no biológicos; no tienen por qué ser dos ni tampoco tienen por qué corresponderse con el sexo asignado».

Refutación: También depende de criterios sociales la clasificación de la población en función de la renta anual o en función de la formación académica («capital cultural»). En efecto, «criterios sociales» no es un criterio sino un dominio de criterios; por tanto seguimos sin saber qué es «el género». Item, el «sexo asignado» lo es operatoriamente (es el médico y no una entidad supraterrena el que lo determina), pero esto no implica que lo sea «arbitraria» o «contingentemente». No hay diversos «criterios de determinación del sexo» porque según el que se le proyecte a un individuo biológico resulte que es «hombre» o «mujer» o incluso ambos simultáneamente; existen diversos criterios «por su capacidad predictiva» en tanto que son diversos los factores que «para cada especie» «determinan (necesariamente, no contingentemente)» que «ese individuo» sea del tipo que produce unos u otros gametos.

Reconstrucción: Digo «género sexual» a las instituciones que están vinculadas respectivamente a los sexos «hombre» («masculino») y «mujer» («femenino») para una esfera cultural dada. Sólo existen dos géneros; en efecto, si «género» se define por las instituciones vinculadas a los sexos y los sexos son dos, de aquí se deduce que «sólo hay» y «sólo puede haber» dos géneros (masculino y femenino).

Un «hombre afeminado» es aquél que adopta conductas vinculadas realmente al sexo «mujer» para su esfera cultural dada; una «mujer masculina» es aquélla que adopta conductas vinculadas realmente al sexo «hombre» para su esfera cultural dada. P. ej. «vestir falda» es una conducta institucionalizada masculina para la sociedad histórica escocesa (kilt) y femenina para la sociedad histórica española.

La presunción de que en determinadas sociedades históricas «existen tres géneros» (p. ej. «hombre», «mujer» e hijra) pide el principio tanto del concepto de «género (sexual)» que se está ejercitando como de la homologación del nombre español (o inglés en su caso) «género (sexual)» (gender) respecto de nombres de otras lenguas diversas (del hindi, en este caso) que exigirían (en su uso emic) a su vez ser sometidas a crítica objetiva (etic). No existen ni pueden existir más de dos sexos humanos ni más de dos géneros; no es una cuestión, por tanto, de «hecho» («existen...») sino de «interpretación» desviada de ese material etnológico por proyección de una categoría occidental moderna y mal construida en la significación libre que se efectúa de ella.

§3. Transexual:

Exposición: «Un trans es una persona que se siente de un género distinto de su sexo asignado».

Refutación: Implica una mente «interna» (el «fantasma en la máquina»), que sería una «mente-mujer puesta en un cuerpo-hombre». Pero esto presupone que la mente es separable del cuerpo y a su vez que ésta tiene sexo (o «género»), que luego se yuxtapone al sexo del cuerpo. Hay hipóstasis sucesivas en cada una de estas presunciones.

Reconstrucción: Digo «disforia sexual» al trastorno que implica una intensa aversión hacia los caracteres sexuales propios. Digo «mujer trans» a aquel hombre que por ello se ha sometido a cirugía mayor u hormonación hasta el punto de que -según grado- «a simple vista» es indistinguible de una mujer aunque «de hecho» sigue siendo un hombre; y digo «hombre trans» a aquella mujer... El sexo por definición no se puede cambiar, y el género sexual no es «hombre» sino «masculino», ut supra.

§4. Conclusión:

El «sentimiento de género» no es ninguna «auto-percepción», sino una «auto-concepción», una teoría construida racionalmente que en cuanto tal es susceptible de crítica y discusión objetiva. No puede existir el «derecho a la autodeterminación de género» si «de hecho» es imposible «autodeterminarte» hombre o mujer; hay que considerar, por tanto, que tal derecho no es ni puede ser un verdadero derecho, sino ficción jurídica.

26/6/21

Progresismo y materialismo filosófico

§1. Qué es el progresismo y cuáles son sus principales corrientes.

a. Qué-es como esencia. Esencias o géneros porfirianos y plotinianos. El progresismo como género plotiniano (como tronco con múltiples ramas históricamente desarrolladas) con núcleo (género generador), cuerpo (contenidos dados en la perspectiva de su continuidad histórica) y curso (contenidos dados en la perspectiva de su discontinuidad histórica). En este caso basta con considerar su núcleo y su curso. Pero, en primer lugar, hay que distinguir dos analogados distintos de «progresismo»:

b. Analogado principal (teleologicismo histórico progresista): es progresista aquella doctrina de la Historia que supuesta la unidad del Género Humano encuentra que sus divergencias y la pluralidad de sus fenómenos positivos (tecnológicos, políticos, bélicos, artísticos, &c.) se hallan ulteriormente armonizados y dirigidos teleológicamente en la dirección de un progreso cuyo término lo constituye la Felicidad universal, el Fin de la historia, el Comunismo final, &c.

c. Analogado secundario, por metonimia de la doctrina progresista, y núcleo del progresismo (corriente histórica progresista): es progresista la corriente ideológica, con extensiones hacia disciplinas muy distintas (progresismo pedagógico, progresismo artístico, &c.), cuyo núcleo constituye la doctrina del teleologicismo histórico progresista.

d. Los progresistas se encuentran del lado del progreso teleológico de la historia y a ellos se contraponen los reaccionarios, que no aceptan la realidad inevitable del progreso y que en el mismo curso histórico necesariamente habrán de quedar derrotados. P.ej.: en Música, habrá que innovar cuanto se pueda puesto que todo cambio que resulte imponerse lo será siempre en la dirección del progreso (Schoenberg); la priorización de los contenidos estéticos y artísticos estrictos sobre la novedad histórica será vista como conservadora y reaccionaria.

e. Clasificación de doctrinas progresistas. Criterio elegido: progresismo materialista vs. progresismo idealista. Tal y como Ongay ha señalado recientemente, puede haber tantas incompatibilidades o más entre dos filosofías materialistas que entre una filosofía materialista y otra espiritualista.

I. Digo «progresismo materialista» al modo de progresismo que fundamenta -intencionalmente- el progreso histórico en el análisis de contenidos ya dados del pasado y en la medida en que desde ellos cabría deducir predicciones sobre el futuro (e.g. teleologicismo marxista vulgar, ya criticado por Gramsci).

Refutación: El monismo histórico en general implica un salto hipostático desde los materiales empíricos hacia una historia universal de la Humanidad que resulta contradictoria a la verdadera historia positiva donde la eutaxia de unos Estados se come a la de otros o donde el progreso en una región tecnológica particular en un momento dado puede implicar el regreso en otra. Item, el «comunismo» como punto de llegada del progreso es una Idea aureolar.

II. Digo «progresismo idealista» al modo de progresismo que considera que el fundamento del progreso histórico reside en la realización, en la práctica, de determinados ideales que emanan de la conciencia humana, en este caso el «ideal de Progreso» (e.g. socialdemocracia krausista en España).

Refutación: Los ideales resultan siempre del cotejo de materiales empíricos ya dados; un español por ejemplo piensa en español y como español -no como hombre en abstracto- y accede a determinadas influencias que son las que determinan sus proyectos; y es por esto que siempre puede encontrarse precedentes cuando se estudian procesos o personajes históricos concretos. Item, el «progreso» tal y como ellos lo plantean carece de contenidos positivos en su término; es un «progreso-hacia-no-se-sabe-dónde».

e. Curso del progresismo: La corriente progresista, en su curso, ha ido metamorfoseando su núcleo teleológico hasta llegar a prácticamente diluirlo pese al mantenimiento de determinadas nomenclaturas (progresistas vs. reaccionarios). En efecto, el ecologismo ahora mismo es una parte de la tradición del progresismo incluso pese a que en sentido estricto suponen en muchos casos que el proceso de desarrollo histórico ha sido negativo porque nos conduciría a un abismo de catástrofe climática que sería preciso detener cuanto antes en anástasis. Item, determinados filósofos mundanos pertecientes a la tradición filosófico-literaria del postmodernismo también se consideran a sí mismos progresistas pese a sus propias críticas a la llamada «modernidad» entre las cuales la doctrina progresista estricta quedaría del lado de los «grandes relatos».

§2. Qué relación hay entre el progresismo y la izquierda.

a. La respuesta más obvia sería que el «progresismo» se opone al «tradicionalismo» o «conservadurismo», es decir en clave de las corrientes políticas que la llamada derecha conservadora («derecha socialista» en la taxonomía de Bueno), que sería tradicionalista, se oponen todas las demás corrientes políticas (socialdemocracia, comunismo, anarquismo, liberalismo, &c.). Pero esta respuesta sería errónea.

b. Razones empíricas de refutación. En efecto, el nombre «conservadurismo» es equívoco cuando se lo interpreta en un sentido porfiriano («los que quieren conservar el estado de cosas heredado») y no plotiniano (como una corriente histórica en desarrollo): el conservadurismo puede ser «revolucionario» y no «conservador» (e.g. «Movimiento revolucionario conservador», surgido en la Alemania de Entreguerras). Item, el liberalismo tiene entre sus ramas el llamado «paleolibertarismo» (e.g. Miguel Anxo Bastos), de tendencia tradicionalista. Item, puede considerarse que el fascismo estricto, el de Mussolini, que apoyó abiertamente vanguardias artísticas de su tiempo como el «futurismo», fue una corriente política progresista en cierto sentido.

c. Razones esenciales de refutación. En efecto, la negación de «progresismo» no implica «tradicionalismo» excepto desde la plataforma de análisis dualista de los propios progresistas. En efecto, puede optarse por un no-progresismo en el sentido que lo hemos definido y no por ello pasar al lado del «tradicionalismo». Por tanto, al «progresismo» se opone no el «tradicionalismo» sino el «no-progresismo», cuya unidad como su propio nombre indica es negativa (sin contenidos comunes).

d. Con todo, sí puede decirse que la mayor parte de la izquierda al menos en la España del presente (casi exclusivamente socialdemócrata) está claramente filiada a la tradición doctrinal del progresismo.

6/6/21

Planteamiento de las relaciones mercado/necesidades y de la función de la mercadotecnia

La relación entre mercado y necesidades hay que verla no como una creación de necesidades completamente nuevas, ni como una «sintonización» con necesidades naturales invariantes, sino como una realimentación entre necesidades dadas y mecanismos de mercado que generan a su vez circularmente nueva demanda. Es decir, el técnico de márquetin detecta necesidades dadas (que pueden ser ya históricas, no naturales) y lo que hace es potenciarlas o transformarlas para adaptarlas al producto sobre el que quiere generar demanda. Según esto, hay que distinguir en una teoría de teorías de la mercadotecnia tres posibles posiciones sistemáticas para la conceptualización de su función y esencia:

I. La función de la mercadotecnia es adaptar la oferta a una demanda fundamentada en necesidades inmutables y naturales. Posición de Menger en su teoría de los bienes (Principios de economía política).

II. La función de la mercadotecnica es crear (en su sentido genuino, sin materia) nueva demanda sin que esta tenga ningún tipo de fundamento previo. Posición del anticapitalismo vulgar: «te crean necesidades que tú no tienes».

III. La función de la mercadotecnica es la de realimentar la oferta con la demanda tal que las necesidades dadas (e históricas, no necesariamente naturales) en el momento de publicitar un nuevo producto son transformadas, potenciadas y adaptadas al mismo. Posición coherente al materialismo filosófico.

El «mercado electoral» (del sistema democrático de mercado pletórico) es idéntico en este sentido. Algunos politólogos tienden a suponer que hay un mercado electoral «de izquierdas» y «de derechas» ya dado y que lo que tiene que hacer la propaganda es «sintonizar» con ese electorado; sin embargo, esta teoría es errónea por las razones dichas.

2/6/21

Anotaciones críticas a un debate en torno al liberalismo


1. En relación a la justificación del liberalismo:

Rallo lo expone de un modo semejante al siguiente: Hay derecho a la propiedad, a la vida, etc. Estos derechos pueden ser fundamentados o justificados mediante diversas filosofías morales que en buena parte convergen en sus resultados: utilitarismo, intuicionismo, contractualismo o iusnaturalismo. El que mejor los fundamenta es el iusnaturalismo.

A esto hay que decir: Que al exponer su método de ese modo pide el principio de que existen naturalmente esos derechos. Es decir, sabe adónde «quiere» llegar y elige una u otra filosofía moral en función de que le sirva para mantener los derechos que ya da por supuestos; una vez están fundamentados aparecerán como «necesarios». Pero un método no dogmático de investigación filosófica, por el contrario, debería ser ocuparse en primer lugar de cuál es el verdadero fundamento de la moral (en función eso sí no de un conjunto cero de premisas sino necesariamente de Ideas ontológicas ya discutidas: hipóstasis, etc.); y sólo después ver adónde lleva.

2. En relación a la Idea de derecho:

Rallo lo define de un modo semejante al siguiente: «capacidad que tiene un sujeto para obligar a otro a permitirle o no impedirle hacer algo».

A esto hay que decir: La «capacidad» que un sujeto tiene o no de hacer algo depende necesariamente de la fuerza que «realiza» ese derecho; y el cuerpo social que realiza esa capacidad es precisamente el estado. En efecto, si la fuerza policial no lo garantiza, entonces y por la propia definición, no puede ser «derecho» (natural pero tampoco legal, sería una ficción jurídica).

Y es que históricamente no es primero el derecho natural que el derecho legal sino al contrario. Santo Tomás parte de los derechos positivos y lo define así: «dictamen de un príncipe que gobierna una comunidad perfecta». Pero como Dios es príncipe del mundo, tiene que haber un derecho divino («dictamen del príncipe Dios»). Pero para conectar ambos encuentra que necesariamente ha de haber a su vez un derecho intermedio, que es el derecho natural. Sin la Idea de Dios nunca se hubiese construido la Idea de derecho natural; sin él deja de tener sentido.

3. En relación al argumento de Hoppe:

Cuestión: ¿Existe el derecho natural de propiedad sobre el propio cuerpo?

Solución de Hoppe: «Si usa sus cuerdas vocales para argumentar que no tiene derecho de propiedad sobre ellas, entonces estará demostrando performativamente que tiene propiedad sobre ellas, puesto que las usa para argumentar. Ergo, tanto si niega como si afirma que existe el derecho de propiedad sobre el propio cuerpo, he aquí que se sigue que éste existe necesariamente».

A esto hay que decir: El argumento es capcioso porque da por sentado el ejercicio de determinadas Ideas de derecho (natural) y propiedad (natural) que vienen presupuestas. Pero de «usa sus cuerdas vocales para argumentar» no se sigue «es un alma que tiene derecho (positivo) sobre la propiedad de su cuerpo sobre el cual gobierna (el fantasma en la máquina)»; pero si se refiere a «derecho natural», la Idea de derecho natural implica ya una hipóstasis desde el derecho positivo.