En el materialismo filosófico, los libros de Gustavo Bueno El sentido de la vida (1996, Pentalfa, Oviedo) y ¿Qué es la bioética? (2001, misma editorial y lugar de publicación), así como su artículo «La cuestión del aborto desde la perspectiva de la teleología orgánica» (El Catoblepas, 98, p. 2), y sus intervenciones públicas en diversas conferencias, han tendido a ser interpretados del siguiente modo:
La ética materialista proscribe el aborto en todos los casos, salvo en tres: el de peligro de vida de la madre, el de malformación del feto y el de violación; y se opone a toda Ley de plazos, en lo que ésta implicaría, en cuanto a sus fundamentos, respecto de la teleología continua en el desarrollo del embrión.
A continuación expondré, para problematizar esta interpretación, desde los mismos principios de la ética materialista, un argumento en torno al alcance de la permisividad:
De entrada, el filomat se distancia de la posición tradicional en el catolicismo en el nivel de la fundamentación, relativo al carácter sagrado de la vida, ya que reconoce la posibilidad de conflictos de interés entre el nasciturus y la madre, sobre los que se constituirían esas tres excepciones.
Si en la estructura española actual, por oposición a la existente en una sociedad predominantemente agraria, tener hijos es mucho más costoso, con respecto a no tenerlos (Daniel Alarcón, «Natalidad y aborto desde la oposición base y superestructura», 2023, El Catoblepas, 202, p. 3), entonces tanto mayor es la contradicción, en cuanto a la normatividad que rige sobre ambos.
En consecuencia, en lugar de prohibirlo taxativamente en los casos que se dan afuera de las excepciones clásicas, lo permitiría también en aquellos.
Ahora bien, dado que la madre no ha concebido en solitario, y tanto ella como el padre tenían acceso a medios anticonceptivos, tanto el uno -de ser conocido- como la otra, debieran ser multados (sustituible por trabajos sociales) y someterse a un cursillo de reeducación. Un cierto porcentaje de mujeres abortantes lo hacen por vez tercera, cuarta, quinta, o incluso un mayor número de veces. Dado que su significado ético no es neutro, a un mayor número de reincidencias, mayor debiera ser la multa.
Pretender prohibir el aborto hoy no es realista; ningún partido político tiene el poder de hacerlo, y si no lo tiene no es por una ideología antinatalista exenta, sino porque rigen condiciones diversas, a que es necesario atender.
Mi segundo argumento es de carácter sociológico, y gira en torno a la dimensión simbólica del aborto:
En nuestra vida cotidiana, asumimos diferentes actitudes frente a matices en el modo de infracción de una norma, aun cuando esta permanece virtualmente idéntica.
Véase, con un ejemplo banal: si no pienso castigar a un alumno que copia en un examen, preferiré que no se sepa que lo he «pillado», ya que, de saberse que no hay tales consecuencias, será más probable que otros lo imiten, y que la norma «no copiarse», por tanto, decaiga. Es «lo mismo» en cuanto a copiarse, pero el hacerlo a escondidas o «con descaro» afecta consecuencias diversas.
Del mismo modo, no es lo mismo simbólicamente matar a un feto de 2 meses que a uno ya casi plenamente formado, de 7 u 8 meses, o menos aún a un bebé ya nacido. En cualquier caso el significado ético abstracto es idéntico, ya que no es más sujeto de protección ética el uno que el otro, en cuanto seres humanos; pero de hecho las situaciones diferenciales implican desiguales reacciones. Esto también habrá de aplicar a los plazos, afectando multas diversas, o bien una prohibición, a partir de cierto punto.